Canarias,
el estado que fue y volverá a ser
Luis
Francisco. Padilla

Se
es conciente, y muchos mencionan la curiosa circunstancia del título,
presumido, otorgado a Isabela
Bien,
y, ¿por qué decimos lo de “presumido título”?
1º.
Antes que nada, recordemos que el “particular casamiento” entre Fernando e
Isabel, año 1469, jamás será excusa para una irrisoria españolidad. Con ello
se conjetura la “unión” de Aragón y Castilla pero en tal periodo nunca se
registra referencia alguna respecto a “España”, tal cuál, otra cosa es que
se ambicionara abarcar lo que fue el amplio territorio hispano de los romanos.
Es más, el acercamiento entre dichos reinos no llegó a justificar la
existencia de país alguno, ni siquiera se puede hablar de un estado
consecuente. Se trata de una patraña hacer creer que los reinos de Castilla y
Aragón se unificaron, ¡dichos reinados permanecieron separados! Tan sólo se
juntaron ante un simbólico cariz dinástico, respetándose, respectivamente,
las instituciones y leyes de sus propios fueros. Debemos matizar y dejar claro
que cada soberano era consorte en los dominios particulares del otro.
2º.
Luego, la boda entre Fernando e Isabel fue celebrada, engañosamente, mediante
la falsificación de su declaración. Debería haberse dispensado una auténtica
bula pontificia, firmada por el papa, pero el pontífice Calixto nunca llegó a
redactar la necesaria formalización para el enlace de los de Trastámara.
Exacto, cualquier concienzudo historiador sabe que la fatua bula, a respaldar el
matrimonio de lo Reyes Católicos, no es sino una impostura realizada por el
obispo de Segovia. En la historia que se hace estudiar dentro del estado español,
por vergüenza, tampoco se menciona que, fruto de ejemplares bulas papales
(“Regimen Gregis” y “Pastor Bonus”)
emitidas por Eugenio IV y Pio II, se llega a excomulgar y tildar de piratas,
ladrones y perversos cristianos, a la nobleza castellano-andaluza, a toda la
iglesia castellana, incluidos los mismos Reyes Católicos. En todo caso, tan
justas circunstancias les imposibilitaron conseguir un ineludible reconocimiento
oficial, para la época, que validara su casamiento. Entonces, todo resulta una
tremenda farsa carente de la correspondiente oficialidad.
3º.
A pesar de lo argumentado, sigue trascendiendo ciertamente en lo vano, por lo
tanto pretencioso, la denominación “reina de Canarias”. Haciendo justicia a
nuestra realidad histórica, ni castilla, ni tras la alianza castellano leonesa,
jamás se pudo conseguir el sometimiento global (de las siete islas) bajo las
coronas godas (cuando eso no existía España). Aquí entra en escena el obviado
pero categórico, en la antigüedad y en la actualidad, “Pacto de
Calatayud”. Las siete Islas Canarias, en su totalidad, solo empezaron a formar
parte activa dentro del sistema económico de Europa, social y religioso, tras
las políticas basadas en pactos, teniendo al laborado por Fernando
de Aragón y Tenesor Semidán (Hernando
de Guanarteme) como el más específico de todos ellos. De esta alianza
maduró la consecuente nación canaria, es importante tener bien en cuenta eso.
Las totalidades insulares solo llegaron a cohesionarse como fruto de los
acuerdos obtenidos por un representante de los derechos nacionales isleños,
Tenesor Semidan, en cita con el dirigente del poder invasor para, directamente,
tratar con éxito asuntos de soberanía. Hasta entonces las coaliciones
ejercidas se mediaban en un estatus señorial, pero, la reunión entre Fernando
de Aragón (junto con Isabel, máximo representante de los intereses castellano
leoneses) y Hernando de
Guanarteme se trataba, efectivamente, de un trascendental marco para
Canarias.
Ahondemos
en lo expuesto. “Antiguo régimen”, así denominó la historia de simplona
inercia españolista a una época pretérita al posterior orden borbónico y su
consecuente “España”. ¿Qué ocurría?, ¿cómo era el pueblo isleño antes
de que lo sepultaran con pseudos realidades españolas?, ¿porqué se argumenta
tan poco dicha circunstancia en comparación con la era españolista? Hernando
de Guanarteme, durante el período en que los Reyes Católicos aún debatían
la institución de las Cortes de Toledo para organizar la política de los
territorios que abarcarían su incipiente imperio, consiguió englobar unos
inalienables derechos que fueron flagelados ante la coacción de la razón española
impuesta por Felipe V en el XVIII. En los siglos posteriores a la conquista,
siempre teniendo en cuenta el trauma provocado a causa de la transformación en
la sociedad indígena, se haría patente una razón unitaria con la evidente
imposición de un sistema social occidentalizado, pero, despuntando el carácter
interinsular anteriormente flaqueado. Por tanto, surgió una conciencia nacional
canaria, englobada no tribal. Canarias, aunque con las evidentes características
europeizadas, siempre manifestó usos y costumbres de raíz guanche, identificándose
los europeos según asimilación con la para ellos novedosa canariedad exhibida
por los autóctonos.
El
20 de diciembre de 1494, cuando aún no se había terminado de conquistar
Tenerife, se promulga un fuero para Gran Canaria como resultado de los pactos
atribuidos a la responsabilidad de Hernando de Guanarteme. Por consiguiente,
abanderándose con el ejemplo canarii, en las demás islas se aplican otros
fueros similares al original. Éstos, en la práctica, tienden a unificarse
mediante “reales cédulas”, completándose con “ordenanzas insulares”.
Las Ordenanzas del consejo de Gran Canaria se promulgan el 23 de junio de 1531,
las de Tenerife en 1540. Todas estas normas, más las añadidas a lo largo de
El
país pudo presumir de consejos o cabildos, uno por cada isla y con posibilidad
de coordinarse entre sí; eran asambleas de notables, aunque en determinados
acontecimientos, especiales, se contaba con la participación de los vecinos.
Nuestros cabildos dispensaban derechos de placet ante las leyes del imperio
castellano-leonés, particularidad propia en Canarias. Simbolizaban los
gobiernos reales de cada isla y negociaban directamente con el gobierno real de
Castilla, sin necesidad de representación en
Canarias
alcanzó su propio estatus como nación soberana, consecuentemente
poseía un escudo de armas propio, tal que reino de canarias, desvinculado del
escudo de armas del reino de Castilla, del de León o del de cualquier otro
noble europeo. O sea, aunque nos parezca inaudito, esa corona que luce el
original escudo de armas canario no representa a los reyes godos, mucho menos a
una inexistente España, representa a la cristianizada y europeizada realeza
canaria de origen guanche. Claro, hasta el siglo XVIII, donde se desdibuja para
imponerse en representación de la fascista y colonizadora monarquía borbónica.
Recuerden
que Hernando de Guanarteme, tras el Pacto de Calatayud, pasó
de ser guanarteme de Galdar a rey de
Reiteramos,
todo esto es muy importante y a tenerlo bien en cuenta. Canarias, en Europa, ya
se reconocía como reino y por lo tanto como nación, incluso, mucho antes de
que así lo fuese el posterior invento castellano, España. Como íbamos
comentando, si bien es cierto que en las islas del realengo, las del señorío
no, se ostentaron concesiones de armería producto de la inercia invasora en época
de conquista, entonces, más evidente
resulta que el primer escudo de armas, en representación de la totalidad del
archipiélago, se alzara a designación del legítimo “Reino de Canarias”. A
comienzos del siglo XVI, se fue extendiendo entre los heraldos europeos la idea
de que todo territorio dotado de un título de soberanía debía tener su
emblema heráldico, distintivo, aunque no existiera ninguna institución que
hiciera uso de él. Entonces tenemos, como otro indiscutible dato histórico del
verdadero carácter estatal que obtuvo la nación Canaria, evidentes reseñas en
la monumental obra del augsburgués Hans Tirol, “Historia
genealógica y heráldica de los emperadores, reyes y nobles de Europa”,
en su Libro II (custodiado en
Si,
es verdad, las islas fueron conquistadas y sometidas a una resolución impuesta
que subordino al natural orden indígena, obligando a producir un cambio por la
fuerza de las armas, siempre en beneficio de proyectos especuladores europeos.
Sin embargo, la particular y tenaz resistencia de nuestros guanches impidió el
sometimiento total, al contrario de lo que sí le ocurrió a los pueblos
americanos y a muchos del continente africano. Entonces, como se está
exponiendo, tras la conquista hubo un inicial proceso colonizador (siglo XV).
Posteriormente otro (siglo XVIII), destructivamente totalitarista. Ahí no
pararon las pretensiones colonizadoras, podemos contabilizar un tercero más, en
época franquista (siglo XX). Y como contundente mazazo, un cuarto bajo las
ficticias bondades de una social democracia española, enmascarada, que no ha
sido sino depravado colonialismo con su consecuente corrupción, especulación,
masiva inmigración, marginación, paro y pobreza para los autóctonos. Púes,
centrémonos en los dos primeros (siglos XV y XVIII), ya que son los que nos atañen
en el periodo histórico a tratar.
La
paradoja que ha venido sufriendo nuestro país, en estos 600 años de lucha, se
evidencia dramáticamente particular. Las islas fueron conquistadas, evidente,
otra cosa han sido los reiterados procesos de colonización. Entonces e hilando
nuestras argumentaciones, la sociedad indígena resultó conquistada y
colonizada (por primera vez), además, sufriendo graves atropellos humanos en el
tránsito de ese periodo, como lo fue la esclavitud. Pese a la traumática
coyuntura padecida se tuvo el coraje para acabar retomando determinados derechos
que convirtieron a las Islas Canarias en un estado nacional, tal que reino; con
sus propias leyes; un sistema militar independiente; una economía con divisa
propia; una vida comercial realmente autónoma. Verdaderamente nuestro estado
poseía independencia cultural, política, económica, incluso militar. Cierto
es que, como muchas otras naciones en la época, sufríamos las influencias del
imperio castellano leones, forzados a respaldar sus necesidades expansionistas
con aporte militar y de colonos. Para entenderlo un poco mejor y teniendo en
cuenta las diferentes épocas, pues, un actual paralelismo, a grosso modo y
salvando las distancias, podría ser la característica de una nación
integrante en
Lo
trágico de todo es que ese no fue un proceso colonizador definitivo.
Nuevamente, es verdad que la sociedad autóctona se superó tras el asedio pero,
como venimos denunciando reiteradamente, se nos vuelve a someter, a colonizar en
reiteración. Por medio de distinta casa real, esta vez los Borbones, el imperio
Castellano decide centralizar el contexto de reinos bajo la denominada nación
Española (siglo XVIII). Después de ese atropello totalitarista y fascista,
solo existiría un único reino con un único estado, auspiciado en un único
sistema económico y un único poder militar, lo que hoy se conoce como España.
Canarias, bajo la ilegalidad impuesta por el estado español, dejó de ser nación-estado
para que nos forzaran y explotaran como pretendida “provincia de ultramar”.
Insistimos, el estado español nos posee de forma ilegal. La serie de pactos
firmados tras la conquista se violaron descaradamente. Y, si bien es cierto que
los documentos originales de estas declaraciones desaparecieron, seguro que de
forma predeterminada por la insipiente españolidad, no menos lo es que existe
un cúmulo de evidencias categóricas, las cuales, en su conjunto resaltan de
forma concluyente el verdadero estatus, usurpado, que debería poseer la nación
canaria.
No
es de extrañar la oleada de sublevaciones, amotinamientos, tumultos…,
registrados en Canarias precisamente a partir del siglo XVIII. A diferencia de
la actual y anestesiada sociedad insular, en esa época, el pueblo canario era
conciente de los atropellos perpetrados por el colonialismo caracterizado en el
orden español. Son muchos los casos registrados, a saber los que se escapan a
nuestro conocimiento. Seguidamente exponemos una breve muestra de un malestar
realmente generalizado: Rebeldía herreña,
amotinamiento de toda la isla (1718); motín en Agüimes (1718); el asalto al
Cabildo de Tenerife y quema del censo fiscal; ajusticiamiento del Intendente
Ceballos (1720); nuevas sublevaciones contra los señores de
Como
anexo, volvamos a retomar el periodo circunstancial
tras la conquista para realizar obligada mención respecto a la
consecuente situación de rebeldía dirigida por el mencey Ichasagua.
Éste, alzado ante el imperante nuevo orden europeo, reestructuró
un legítimo estado nacional dentro del menceyato de Adeje, año 1502. Dicha
sublevación nacional, en un tiempo coyuntural tras el oficiado término de la
conquista en 1496, recuperó transitoriamente la soberanía usurpada.
Debemos
tener en cuenta que, si bien pocos años antes de éste alzamiento nacional, el
fuero para Gran Canaria se refrendaba en 1494 (el cual sirvió de base, algunos años después, para el de la
totalidad del archipiélago), Tenerife no llegó a adherirse mediante sus reales
cédulas hasta conseguir pronunciarse a razón de las Ordenanzas de su consejo
en 1540. Entonces, cuando el mencey Ichasaga erigió a la nación frente al
reciente estado de sometimiento ya habían pasado 6 años tras el final de la
conquista, pero, aún no estaba estructurado el reino de Canarias.
El
alzado menceyato de Adeje, surgió dentro de un periodo de transición en el
cual los conquistadores se aprovecharon perpetrando auténticos genocidios. España,
como entidad estatal históricamente vinculada a los intereses de Castilla y sus
reinos (siendo ésta la responsable de la conquista de Canarias y por lo tanto
de las atrocidades acometidas, así como del mercado esclavista incurrido tanto
en época de conquista como durante los años anteriores a ella y que provocó
una alarmante denuncia por parte del Vaticano, sancionándoles a través de las
bulas papales “Regimen Gregis”
y “Pastor Bonus”, excomulgándoles y acusándoles de piratas,
ladrones y perversos cristianos, a toda la nobleza castellano-andaluza,
incluidos sus monarcas, y a toda la iglesia castellana), en su día, y
solo cuando Canarias esté definitivamente descolonizada, España deberá hacer
frente a una gravada y correspondiente deuda histórica en favor de la
perjudicada nación Canaria. Una deuda que no se olvida, y, si además tenemos
en cuenta el incumplimiento de unos pactos sucesivamente violados tras la
llegada de los borbones a la corona castellana, subordinando de forma ilegal a
un legítimo estado nacional canario dentro del totalitarismo español, púes,
que vayan echando cuentas.
Hay
personas, bastante cortas, que intencionan aprovechar lo aquí expuesto
simplemente para alcanzar el derecho de “comunidad histórica” dentro del
estado español, mediante un estatuto colonial más caprichoso. Ciertamente la
legalidad está de nuestro lado, pero siempre para retomar la independencia
arrebatada, política, económica y militar. España no nos conviene,
constantemente nos ha perjudicado, nos ha robado perennemente, nos expolia y si
no lo remediamos seguirá haciéndolo. Cuando hemos necesitado ayuda, en nuestra
historia y ante cualquier tipo de problema, supimos proceder por nosotros
mismos, nunca siendo auspiciados por esos “bárbaros”, más bien al
contrario.
Finalizamos
recapitulando un poco de nuestra más reciente historia. Rememoremos el
importante acontecimiento acaecido el 24 de febrero
del año 2002, cuando se proclamó el Estado de
Tras
la conquista y en un oscuro periodo de conversión, Ichasagua alzó a la nación
auspiciándola en su Menceyato de Adeje. Unos años más tarde, a mediados del
siglo XVI, mediante un conjunto de reales cédulas y ordenanzas insulares se
constituyó el estado canario,
R[egnum] Canariae. En
la actualidad, al igual que en su día el legítimo mencey Ichasagua, nos
alzamos frente a las denunciables circunstancias que derribaron a nuestros pretéritos
estados nacionales. Es, el actual, un rotundo contexto colonial en su injusto
proceso de sometimiento, el cual nos azota, ya, por una marcada cuarta vez.
Entonces, la proclamación del 24 de febrero en el año 2002, siempre como una
república canaria caracterizada en un estado soberano, paralelo al actual
estado colonial, y, transitorio hasta retomar oficialmente los derechos
estatales despojados, se resuelve en un justo marco a fin de ayudar a encaminar
a la causa secesionista.
A
nosotros los canarios, “los guanches de ahora”, nos toca saber estar a la
altura de las circunstancias dándole vida y forma, entre todos, a esta valiosa
herramienta de acción. Definida en forma de estado soberano, paralelo al
colonial y de carácter transitorio, hasta lograr oficialidad internacional en
la efectiva reestructuración de nuestro histórico estado. Ahora, como una
moderna república federal Canaria.