Canarias, el estado que fue y volverá a ser

 

Luis Francisco. Padilla

 

 

Algo importante, a tener muy en cuenta, obviado y soterrado para finalmente ser ignorado hasta por el ámbito intelectual, y, desde luego, por el político.

 

Se es conciente, y muchos mencionan la curiosa circunstancia del título, presumido, otorgado a Isabela la Católica ,  “Reina de Canarias”. Por lo tanto, tendente en caracterizar a Canarias como una posesión ¿española?

 

Bien, y, ¿por qué decimos lo de “presumido título”?

 

1º. Antes que nada, recordemos que el “particular casamiento” entre Fernando e Isabel, año 1469, jamás será excusa para una irrisoria españolidad. Con ello se conjetura la “unión” de Aragón y Castilla pero en tal periodo nunca se registra referencia alguna respecto a “España”, tal cuál, otra cosa es que se ambicionara abarcar lo que fue el amplio territorio hispano de los romanos. Es más, el acercamiento entre dichos reinos no llegó a justificar la existencia de país alguno, ni siquiera se puede hablar de un estado consecuente. Se trata de una patraña hacer creer que los reinos de Castilla y Aragón se unificaron, ¡dichos reinados permanecieron separados! Tan sólo se juntaron ante un simbólico cariz dinástico, respetándose, respectivamente, las instituciones y leyes de sus propios fueros. Debemos matizar y dejar claro que cada soberano era consorte en los dominios particulares del otro.

 

2º. Luego, la boda entre Fernando e Isabel fue celebrada, engañosamente, mediante la falsificación de su declaración. Debería haberse dispensado una auténtica bula pontificia, firmada por el papa, pero el pontífice Calixto nunca llegó a redactar la necesaria formalización para el enlace de los de Trastámara. Exacto, cualquier concienzudo historiador sabe que la fatua bula, a respaldar el matrimonio de lo Reyes Católicos, no es sino una impostura realizada por el obispo de Segovia. En la historia que se hace estudiar dentro del estado español, por vergüenza, tampoco se menciona que, fruto de ejemplares bulas papales (“Regimen Gregis” y “Pastor Bonus”) emitidas por Eugenio IV y Pio II, se llega a excomulgar y tildar de piratas, ladrones y perversos cristianos, a la nobleza castellano-andaluza, a toda la iglesia castellana, incluidos los mismos Reyes Católicos. En todo caso, tan justas circunstancias les imposibilitaron conseguir un ineludible reconocimiento oficial, para la época, que validara su casamiento. Entonces, todo resulta una tremenda farsa carente de la correspondiente oficialidad.

 

3º. A pesar de lo argumentado, sigue trascendiendo ciertamente en lo vano, por lo tanto pretencioso, la denominación “reina de Canarias”. Haciendo justicia a nuestra realidad histórica, ni castilla, ni tras la alianza castellano leonesa, jamás se pudo conseguir el sometimiento global (de las siete islas) bajo las coronas godas (cuando eso no existía España). Aquí entra en escena el obviado pero categórico, en la antigüedad y en la actualidad, “Pacto de Calatayud”. Las siete Islas Canarias, en su totalidad, solo empezaron a formar parte activa dentro del sistema económico de Europa, social y religioso, tras las políticas basadas en pactos, teniendo al laborado por Fernando de Aragón y Tenesor Semidán (Hernando de Guanarteme) como el más específico de todos ellos. De esta alianza maduró la consecuente nación canaria, es importante tener bien en cuenta eso. Las totalidades insulares solo llegaron a cohesionarse como fruto de los acuerdos obtenidos por un representante de los derechos nacionales isleños, Tenesor Semidan, en cita con el dirigente del poder invasor para, directamente, tratar con éxito asuntos de soberanía. Hasta entonces las coaliciones ejercidas se mediaban en un estatus señorial, pero, la reunión entre Fernando de Aragón (junto con Isabel, máximo representante de los intereses castellano leoneses) y Hernando de Guanarteme se trataba, efectivamente, de un trascendental marco para Canarias.

 

Ahondemos en lo expuesto. “Antiguo régimen”, así denominó la historia de simplona inercia españolista a una época pretérita al posterior orden borbónico y su consecuente “España”. ¿Qué ocurría?, ¿cómo era el pueblo isleño antes de que lo sepultaran con pseudos realidades españolas?, ¿porqué se argumenta tan poco dicha circunstancia en comparación con la era españolista? Hernando de Guanarteme, durante el período en que los Reyes Católicos aún debatían la institución de las Cortes de Toledo para organizar la política de los territorios que abarcarían su incipiente imperio, consiguió englobar unos inalienables derechos que fueron flagelados ante la coacción de la razón española impuesta por Felipe V en el XVIII. En los siglos posteriores a la conquista, siempre teniendo en cuenta el trauma provocado a causa de la transformación en la sociedad indígena, se haría patente una razón unitaria con la evidente imposición de un sistema social occidentalizado, pero, despuntando el carácter interinsular anteriormente flaqueado. Por tanto, surgió una conciencia nacional canaria, englobada no tribal. Canarias, aunque con las evidentes características europeizadas, siempre manifestó usos y costumbres de raíz guanche, identificándose los europeos según asimilación con la para ellos novedosa canariedad exhibida por los autóctonos.

 

El 20 de diciembre de 1494, cuando aún no se había terminado de conquistar Tenerife, se promulga un fuero para Gran Canaria como resultado de los pactos atribuidos a la responsabilidad de Hernando de Guanarteme. Por consiguiente, abanderándose con el ejemplo canarii, en las demás islas se aplican otros fueros similares al original. Éstos, en la práctica, tienden a unificarse mediante “reales cédulas”, completándose con “ordenanzas insulares”. Las Ordenanzas del consejo de Gran Canaria se promulgan el 23 de junio de 1531, las de Tenerife en 1540. Todas estas normas, más las añadidas a lo largo de la Historia , constituyen lo que acertadamente podría denominarse “El fuero de Canarias”.

 

El país pudo presumir de consejos o cabildos, uno por cada isla y con posibilidad de coordinarse entre sí; eran asambleas de notables, aunque en determinados acontecimientos, especiales, se contaba con la participación de los vecinos. Nuestros cabildos dispensaban derechos de placet ante las leyes del imperio castellano-leonés, particularidad propia en Canarias. Simbolizaban los gobiernos reales de cada isla y negociaban directamente con el gobierno real de Castilla, sin necesidad de representación en la Corte. Curioso sistema político que privilegiaba los bienes nacionales de cada isla, tal que en época precolonial, una federación de “gobiernos reales”, no supeditándose unos a otros, más los dichos consejos de notables cuales tagorores. Reiteramos, circunstancias solamente ejercidas en Canarias, en los otros reinos afines al imperio despuntaban un único estado real y siempre supeditado al castellano. Bien es cierto que, frente al poder autónomo del “tagoror” (consejo), se mantuvo, un tiempo, la mano negra de gobernadores y regidores. Pero, estos, al contrario de lo que se cree, no gozaban impunidad, llegando a tener que amortizar sanciones tras las denuncias, en los tribunales, de los autóctonos hacia ellos y hacia desmadrados colonos en general; multas, destierros, destituciones de cargos, pagos de deudas, etc. El orden nacional canario se debía y se hacía respetar, en aquellos tiempos.

 

Canarias alcanzó su propio estatus como nación soberana, consecuentemente poseía un escudo de armas propio, tal que reino de canarias, desvinculado del escudo de armas del reino de Castilla, del de León o del de cualquier otro noble europeo. O sea, aunque nos parezca inaudito, esa corona que luce el original escudo de armas canario no representa a los reyes godos, mucho menos a una inexistente España, representa a la cristianizada y europeizada realeza canaria de origen guanche. Claro, hasta el siglo XVIII, donde se desdibuja para imponerse en representación de la fascista y colonizadora monarquía borbónica.

 

Recuerden que Hernando de Guanarteme, tras el Pacto de Calatayud, pasó de ser guanarteme de Galdar a rey de la Gran Canaria. En el testamento de la hija de Guanarteme, la princesa canarii Catalina Hernández Guanarteme, y, firmado por el escribano Alonso de Sanclemente (En lunes syete de mayo de IUDXXVI años [1526]”), ella misma lo refleja de forma categórica: hija de don Hernando de Guanarteme, rey que fue desta ysla de la Gran Canaria ”. No olvidemos, por ejemplo, que en Titerroigakat (Lanzarote) nunca se impuso dinastía europea alguna, ni siquiera pretensiosos escudos heráldicos como en las islas del señorío, es bien sabido que prosiguió la realeza indígena tras la alianza matrimonial entre la familia real de la isla y Bethencourt. En otros casos de pactos, entre guanches y conquistadores, sucedió semejanza. Por lo tanto, resulta pretensioso el título godo de “reyes de Canarias”. Como así lo fue en su momento el ya atribuido hacia Isabela la Católica , “reina de Canarias”, cuando ni siquiera se había conquistado la totalidad del archipiélago y que solo se pudo conseguir a base de los susodichos acuerdos, los cuales automáticamente deslegitimaban esos títulos foráneos de “reyes de Canarias”. Unos reyes, “católicos”, que tampoco resultaron consortes respaldados por la oficialidad católica. Siguiendo el ejemplo de su tradición bárbara (bárbaros, así denominaron los romanos a estas tribus de origen germánico), los godos que invadieron Canarias siempre actuaron de forma poco ortodoxa. Tarde o temprano la historia pondrá a cada cual en su sitio.

 

Reiteramos, todo esto es muy importante y a tenerlo bien en cuenta. Canarias, en Europa, ya se reconocía como reino y por lo tanto como nación, incluso, mucho antes de que así lo fuese el posterior invento castellano, España. Como íbamos comentando, si bien es cierto que en las islas del realengo, las del señorío no, se ostentaron concesiones de armería producto de la inercia invasora en época de conquista, entonces, más evidente resulta que el primer escudo de armas, en representación de la totalidad del archipiélago, se alzara a designación del legítimo “Reino de Canarias”. A comienzos del siglo XVI, se fue extendiendo entre los heraldos europeos la idea de que todo territorio dotado de un título de soberanía debía tener su emblema heráldico, distintivo, aunque no existiera ninguna institución que hiciera uso de él. Entonces tenemos, como otro indiscutible dato histórico del verdadero carácter estatal que obtuvo la nación Canaria, evidentes reseñas en la monumental obra del augsburgués Hans Tirol, “Historia genealógica y heráldica de los emperadores, reyes y nobles de Europa”, en su Libro II (custodiado en la Biblioteca del Monasterio de El Escorial), se hace clara referencia sobre el Reino de Canarias. Pero, no con las enseñas de determinados reyes o nobles europeos, no, luciendo un escudo de armas original y propio, bajo el título R[egnum] Canariae.

 

Si, es verdad, las islas fueron conquistadas y sometidas a una resolución impuesta que subordino al natural orden indígena, obligando a producir un cambio por la fuerza de las armas, siempre en beneficio de proyectos especuladores europeos. Sin embargo, la particular y tenaz resistencia de nuestros guanches impidió el sometimiento total, al contrario de lo que sí le ocurrió a los pueblos americanos y a muchos del continente africano. Entonces, como se está exponiendo, tras la conquista hubo un inicial proceso colonizador (siglo XV). Posteriormente otro (siglo XVIII), destructivamente totalitarista. Ahí no pararon las pretensiones colonizadoras, podemos contabilizar un tercero más, en época franquista (siglo XX). Y como contundente mazazo, un cuarto bajo las ficticias bondades de una social democracia española, enmascarada, que no ha sido sino depravado colonialismo con su consecuente corrupción, especulación, masiva inmigración, marginación, paro y pobreza para los autóctonos. Púes, centrémonos en los dos primeros (siglos XV y XVIII), ya que son los que nos atañen en el periodo histórico a tratar.

 

La paradoja que ha venido sufriendo nuestro país, en estos 600 años de lucha, se evidencia dramáticamente particular. Las islas fueron conquistadas, evidente, otra cosa han sido los reiterados procesos de colonización. Entonces e hilando nuestras argumentaciones, la sociedad indígena resultó conquistada y colonizada (por primera vez), además, sufriendo graves atropellos humanos en el tránsito de ese periodo, como lo fue la esclavitud. Pese a la traumática coyuntura padecida se tuvo el coraje para acabar retomando determinados derechos que convirtieron a las Islas Canarias en un estado nacional, tal que reino; con sus propias leyes; un sistema militar independiente; una economía con divisa propia; una vida comercial realmente autónoma. Verdaderamente nuestro estado poseía independencia cultural, política, económica, incluso militar. Cierto es que, como muchas otras naciones en la época, sufríamos las influencias del imperio castellano leones, forzados a respaldar sus necesidades expansionistas con aporte militar y de colonos. Para entenderlo un poco mejor y teniendo en cuenta las diferentes épocas, pues, un actual paralelismo, a grosso modo y salvando las distancias, podría ser la característica de una nación integrante en la OTAN , cualquiera que sea, obligada a responder ante las necesidades de dicha organización, a todas luces imperialista. Concretamente en canarias, no sucedía que se intencionara colaborar de forma voluntaria con el imperio Castellano, no, se nos obligó por la fuerza y, como ya sabemos, constriñéndonos tras asaltarnos en la conquista, provocándose con ello un evidente proceso colonizador que desembocó en el resultante cambio social, no deseado pero sí obligado.

 

Lo trágico de todo es que ese no fue un proceso colonizador definitivo. Nuevamente, es verdad que la sociedad autóctona se superó tras el asedio pero, como venimos denunciando reiteradamente, se nos vuelve a someter, a colonizar en reiteración. Por medio de distinta casa real, esta vez los Borbones, el imperio Castellano decide centralizar el contexto de reinos bajo la denominada nación Española (siglo XVIII). Después de ese atropello totalitarista y fascista, solo existiría un único reino con un único estado, auspiciado en un único sistema económico y un único poder militar, lo que hoy se conoce como España. Canarias, bajo la ilegalidad impuesta por el estado español, dejó de ser nación-estado para que nos forzaran y explotaran como pretendida “provincia de ultramar”. Insistimos, el estado español nos posee de forma ilegal. La serie de pactos firmados tras la conquista se violaron descaradamente. Y, si bien es cierto que los documentos originales de estas declaraciones desaparecieron, seguro que de forma predeterminada por la insipiente españolidad, no menos lo es que existe un cúmulo de evidencias categóricas, las cuales, en su conjunto resaltan de forma concluyente el verdadero estatus, usurpado, que debería poseer la nación canaria.

 

No es de extrañar la oleada de sublevaciones, amotinamientos, tumultos…, registrados en Canarias precisamente a partir del siglo XVIII. A diferencia de la actual y anestesiada sociedad insular, en esa época, el pueblo canario era conciente de los atropellos perpetrados por el colonialismo caracterizado en el orden español. Son muchos los casos registrados, a saber los que se escapan a nuestro conocimiento. Seguidamente exponemos una breve muestra de un malestar realmente generalizado: Rebeldía herreña, amotinamiento de toda la isla (1718); motín en Agüimes (1718); el asalto al Cabildo de Tenerife y quema del censo fiscal; ajusticiamiento del Intendente Ceballos (1720); nuevas sublevaciones contra los señores de La Gomera (1743); comienzan las Tertulias de Nava en las Palmas y el Ateneo en la Laguna (foco e inspiración ilustrada de sentimientos soberanistas, 1757); más tumultos en las Palmas (1760); motín en Lanzarote (1762); nuevamente, sorprendente sublevación en la isla de la Gomera contra el Señorío y la Corona (1762); motines en Gran Canaria y Tenerife (1770); nuevos motines en la Aldea de San Nicolás (1777); levantamientos en Tenerife y Gran Canaria (1778); más motines en Tenerife y Gran Canaria (1787); siguen los motines en Gran Canaria (1797); revueltas en Telde (1799); levantamiento del pueblo de Arucas contra el mayorazgo (1800); prosiguen los motines en la Aldea de San Nicolás, esta vez por la fuerza, los naturales ejercen en recuperar sus tierras, antaño comunales y que les habían sido expropiadas, entonces en propiedad del marqués de Villanueva del Prado (1808); Creación en Tenerife de la Junta Suprema de Canarias y el Cabildo General Permanente (gestándose serios planes para crear una república independiente en Canarias, 1808, luego, suprimida por la Junta Central de Sevilla, 1809); motines en la Orotava (1810); surgen los movimientos de emancipación colonial en América con gran protagonismo de canarios, el primer grito por la independencia para América no fue pronunciación de Bolívar sino debido al canario, herreño, Francisco De León (1810); Gran Canaria, sublevación autóctona por defender y mantener el Monte de Doramas, ante la ya entonces especulación colonialista (1823); Luís Folgueras Sión (I Obispo de Tenerife), alarmado a causa del ambiente revolucionario bien preparado y dispuesto para reclamar la independencia de Canarias, fue el responsable en alerta al poder español a fin de que arribara en nuestra nación el Regimiento de Infantería de Albuera, Séptimo Ligero con base en Ceuta, completamente municionado y en plan de guerra y conquista, al mando del teniente coronel mayor don Miguel Peirson, para acabar con los inicios del Primer Movimiento Independentista de Canarias (Tenerife, 1827); Secundino Delgado crea el primer partido nacionalista de Canarias (PPA, 1890); José Cabrera Díaz prosigue, desde Cuba, el trabajo independentista de Secundino (PNC, 1924)…

 

Como anexo, volvamos a retomar el periodo circunstancial  tras la conquista para realizar obligada mención respecto a la consecuente situación de rebeldía dirigida por el mencey Ichasagua. Éste, alzado ante el imperante nuevo orden europeo, reestructuró un legítimo estado nacional dentro del menceyato de Adeje, año 1502. Dicha sublevación nacional, en un tiempo coyuntural tras el oficiado término de la conquista en 1496, recuperó transitoriamente la soberanía usurpada.

 

Debemos tener en cuenta que, si bien pocos años antes de éste alzamiento nacional, el fuero para Gran Canaria se refrendaba en 1494 (el cual sirvió de base, algunos años después, para el de la totalidad del archipiélago), Tenerife no llegó a adherirse mediante sus reales cédulas hasta conseguir pronunciarse a razón de las Ordenanzas de su consejo en 1540. Entonces, cuando el mencey Ichasaga erigió a la nación frente al reciente estado de sometimiento ya habían pasado 6 años tras el final de la conquista, pero, aún no estaba estructurado el reino de Canarias.

 

El alzado menceyato de Adeje, surgió dentro de un periodo de transición en el cual los conquistadores se aprovecharon perpetrando auténticos genocidios. España, como entidad estatal históricamente vinculada a los intereses de Castilla y sus reinos (siendo ésta la responsable de la conquista de Canarias y por lo tanto de las atrocidades acometidas, así como del mercado esclavista incurrido tanto en época de conquista como durante los años anteriores a ella y que provocó una alarmante denuncia por parte del Vaticano, sancionándoles a través de las bulas papales “Regimen Gregis” y “Pastor Bonus”, excomulgándoles y acusándoles de piratas, ladrones y perversos cristianos, a toda la nobleza castellano-andaluza, incluidos sus monarcas, y a toda la iglesia castellana), en su día, y solo cuando Canarias esté definitivamente descolonizada, España deberá hacer frente a una gravada y correspondiente deuda histórica en favor de la perjudicada nación Canaria. Una deuda que no se olvida, y, si además tenemos en cuenta el incumplimiento de unos pactos sucesivamente violados tras la llegada de los borbones a la corona castellana, subordinando de forma ilegal a un legítimo estado nacional canario dentro del totalitarismo español, púes, que vayan echando cuentas.

 

Hay personas, bastante cortas, que intencionan aprovechar lo aquí expuesto simplemente para alcanzar el derecho de “comunidad histórica” dentro del estado español, mediante un estatuto colonial más caprichoso. Ciertamente la legalidad está de nuestro lado, pero siempre para retomar la independencia arrebatada, política, económica y militar. España no nos conviene, constantemente nos ha perjudicado, nos ha robado perennemente, nos expolia y si no lo remediamos seguirá haciéndolo. Cuando hemos necesitado ayuda, en nuestra historia y ante cualquier tipo de problema, supimos proceder por nosotros mismos, nunca siendo auspiciados por esos “bárbaros”, más bien al contrario.

 

Finalizamos recapitulando un poco de nuestra más reciente historia. Rememoremos el importante acontecimiento acaecido el 24 de febrero del año 2002, cuando se proclamó el Estado de la Nación Canaria , retomando jurídicamente la administración y dirección del histórico Menceyato de Adeje. Señero Menceyato, el de Ichasagua en 1502, que ostentó y representa al gobierno global de Canarias, dada la excepcional circunstancia de ser el único estado autóctono que se implantó ante una existente realidad colonial.

 

Tras la conquista y en un oscuro periodo de conversión, Ichasagua alzó a la nación auspiciándola en su Menceyato de Adeje. Unos años más tarde, a mediados del siglo XVI, mediante un conjunto de reales cédulas y ordenanzas insulares se constituyó el estado canario, R[egnum] Canariae.  En la actualidad, al igual que en su día el legítimo mencey Ichasagua, nos alzamos frente a las denunciables circunstancias que derribaron a nuestros pretéritos estados nacionales. Es, el actual, un rotundo contexto colonial en su injusto proceso de sometimiento, el cual nos azota, ya, por una marcada cuarta vez. Entonces, la proclamación del 24 de febrero en el año 2002, siempre como una república canaria caracterizada en un estado soberano, paralelo al actual estado colonial, y, transitorio hasta retomar oficialmente los derechos estatales despojados, se resuelve en un justo marco a fin de ayudar a encaminar a la causa secesionista.

 

A nosotros los canarios, “los guanches de ahora”, nos toca saber estar a la altura de las circunstancias dándole vida y forma, entre todos, a esta valiosa herramienta de acción. Definida en forma de estado soberano, paralelo al colonial y de carácter transitorio, hasta lograr oficialidad internacional en la efectiva reestructuración de nuestro histórico estado. Ahora, como una moderna república federal Canaria.