CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DE UN ESTADO

 

Las características esenciales de un estado están bien definidas. El articulo 1 de la Convención de Montevideo de 1933 sobre los Derechos y Obligaciones de los Estados enumera estos requisitos: el  Estado, como una persona del derecho internacional, debe poseer: (a) una población permanente; (b) un territorio definido; (c) un gobierno; y (d) capacidad para entrar en relaciones con otros Estados.

 
En el caso de las Islas Canarias, sin lugar a dudas que tenemos una población permanente y un territorio muy bien definido dentro de los límites de un archipiélago africano (de jure). La práctica del derecho internacional y precedentes históricos dicen que para que un Estado exista es suficiente que el territorio tenga una "sufficient consistency" (suficiente consistencia), y el Estado de hecho  ejerza autoridad pública independiente sobre ese territorio.
 
La definición célebre de "Independencia" fue dada por el juez Anzilloti en el Régimen Aduanero entre Alemania y Austria (1931), donde dijo que "Independencia puede ser descrita como soberanía (suprema potestas), o soberanía externa", por la cual se comprende que el Estado no tiene por encima otra autoridad que no sea el derecho internacional. Además, Anzilloti hizo una diferenciación entre "independencia" y "autonomía":

 
"La concepción de independencia, considerada la característica normal de Estados como sujetos del derecho internacional, no puede ser mejor definida que comparándola con la excepcional y, hasta cierto punto, con la clase anormal de territorios dependientes (colonias) que están sujetos a la autoridad de uno o más Estados. La idea de independencia, por lo tanto, necesariamente implica una relación entre un Estado superior; la relación entre el Estado que pueda 'legalmente' imponer su voluntad y el territorio dependiente (colonia) que está legalmente obligada a someterse a esa voluntad (vasallo, protegido, etc.)”.

 
En esta coyuntura, tenemos al mal llamado "Gobierno de Canarias", un apéndice colonial de Madrid, y por ello Canarias no tiene capacidad para entrar en relaciones con otros Estados ni puede firmar tratados con otros Estados, pues el cacareado "Gobierno de Canarias" no lucha por los legítimos derechos e intereses de las Islas Canarias, sino está al servicio de intereses coloniales-europeos (foráneos).

 
Comunidad Canaria en Londres, CCL