EPÍSTOLA A MI QUERIDO AMIGO PACO BELLO
Lorenzo Olarte
La organización territorial de la Iglesia
Católica en el Estado español jamás ha coincidido lo más mínimo con la
territorial estatal en que se asienta, cosa que parece comprensible en razón de
la soberanía exclusiva y excluyente de la Iglesia para autoorganizarse.
Pero no parecería nada descabellado en los tiempos en que vivimos que la
Iglesia no volviera la espalda al Estado de las Autonomías en que nos hemos
vertebrado por mandato constitucional y, en tal sentido, sin perjuicio de la
conservación por mera tradición de viejos Obispados que pudieron tener una
razón de ser histórica comprensible, aunque hoy ya no lo sea. Y no parece malo
reflexionar sobre otras circunstancias que la modernidad, sin que nadie se
rasgue las vestiduras, exige revisar.
Aceptando la existencia y subsistencia, si la Iglesia así lo considera, de
viejos Obispados como, entre otros, pudieran ser los de Vic, Plasencia, Jerez
de la Frontera, Urgel, Astorga, Tarazona, Getafe, Tui, Tortosa, Ciudad Rodrigo, Barbastro-Monzón,
Mondoñedo-Ferrol, Alcalá de Henares y Cartagena, entre otros, no deja de ser un
tanto llamativa la circunstancia -lo que constituye un cierto agravio
comparativo en relación con las Islas Canarias-de que los católicos
menorquines, al igual que los ibicencos, por ejemplo, cuenten con
"pastor" propio, sin la menor duda porque el Vaticano en su día supo
ponderar, por lo que a las Baleares respecta, la circunstancia del "hecho
insular", lo que nos parece muy bien.
Si embargo no ha ocurrido igual con Canarias. En el caso balear, por ejemplo,
las dos islas mencionadas cuentan, por lo que a la organización territorial
estatal atañe, con "consejos insulares", al estilo de nuestros
cabildos, instituidos en el Estatuto de Autonomía de Baleares, en 1983, es
decir, más de medio siglo más tarde de la creación de nuestros cabildos
insulares.
Hoy, por tanto, desde el punto de vista episcopal resulta más que evidente el
agravio comparativo con Canarias ya que Menorca e Ibiza, por ejemplo, tienen
respectivamente 694 y
En otro orden de cosas, a efectos comparativos, aunque refiriéndonos a la
organización del Estado no está de más reseñar a mayor abundamiento que Menorca
e Ibiza, ya que hablamos de ellas, tienen 8 municipios la primera y 5 Ibiza,
mientras que La Palma tiene 14 Ayuntamientos y 7 y 6 respectivamente las otras
dos.
Por otra parte también nos tenemos que preguntar ¿existe en la actualidad
alguna razón poderosa, que no sea la del culto a la inercia, para que los dos
Obispados canarios dependan del Arzobispado de Sevilla? Comprendo perfectamente
que la Iglesia tema al dichoso pleito insular como cualquier mortal. Por ello
es sabedora de que a la hora de colmar la actual laguna, cual es la
inexistencia del Arzobispado de Canarias, vendría el problema: ¿cuál sería la
sede? ¿En Gran Canaria por razón de la mayor antigüedad o en Tenerife?
Hace algunos meses, en unas interesantes declaraciones del Obispo de la
Diócesis nivariense a un medio de comunicación local,
afirmaba rotundamente que "en la Iglesia canaria no existe el pleito
insular". Con independencia de mi desacuerdo con tal criterio, entiendo
que el pleito, con mayor o menor medida y virulencia se extiende,
lamentablemente, a todos los sectores de la sociedad canaria. Y si no, por lo
que a la Iglesia canaria respecta, demos tiempo al tiempo. Lo veremos todos con
claridad meridiana tan pronto como nuestra Iglesia, la Iglesia canaria, canaria
e independiente, plantee simplemente que ha llegado la hora de rechazar la
dependencia de Sevilla para contar con un Arzobispado propio: el Arzobispado de
Canarias y la obligada pregunta, como siempre suele ocurrir en estos casos,
cuál haya de ser el lugar de su ubicación.
Querido Paco: Desde el Cielo, donde con toda seguridad estarás, con tu estola
que concebiste adornada con las pintaderas y envuelto en tu amada bandera con
las siete estrellas verdes… ¿verdad que me das la razón?
Publicado en La Provincia, 18-01-2010