EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA

UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

CAPITULO II (VII-I)

PERIODO COLONIAL 1471-1480

 

 

Guayre Adarguma *

 

 

 1474.  El Papa de la secta católica Sixto IV creó la Nunciatura de Guinea y la encomendó a Fr. Alfonso de Bolaños, ampliando el marco canario pues su acción se extendería al continente y a todas las islas del Océano descubiertas o por descubrir. La Nunciatura se extinguió en 1480, al reintegrarse a la Vicaría de la secta franciscana de Canarias, pero por unos años vino a simbolizar plenamente la precedencia de la misión sobre la conquista, y la importancia de la indispensable legitimación religiosa de ésta, lo que no dejaba de producir contradicciones en la práctica. Este fue uno de los tantos papas antitesis de los que los fieles de la secta católica creen que representa un sumo pontífice. 

 

Sixto IV, (1471-1484) de nombre de pila Francisco de la Rovere , italiano por supuesto, romano imperator de la cuna hasta la tumba, pasó por la orden de los franciscanos antes de alcanzar la gloria del que es como los dioses, conocedor del bien y del mal. A los 50 años de edad fue elegido General de los Franciscanos. Tres años más tarde Pablo II lo hizo cardenal. Y sucedió a su padrino en el 71.

El Papa Sixto IV no tenía precisamente fama de santo.  Todo el mundo sospechaba que había alcanzado la dignidad papal recurriendo al soborno y que nunca mostró el menor reparo en llevarse por delante a cuantos cristianos hiciera falta para lograr sus ambiciones.

Al papa Sixto IV sus sobrinos a los cuales había nombrado cardenales le salieron todos ranas. No les bastaba a semejantes sapos vestir la púrpura y haber sido creados a la imagen y semejanza de su Dios por un dios humano, además tenían que demostrar que eran como dios, para lo cual debían escupirle sus actitudes fornicarias, adúlteras, sodomitas y hechiceras en la cara a su Dios.

Como todo el mundo sabe la causa tras la bendición de la iglesia romana al asesinato de los Médicis se descubre en la negación de Lorenzo el Magnífico a concederle otro crédito al Papa. Negarle algo al todopoderoso pontífice romano, sin el cual no había salvación, era una ofensa a la Santísima Trinidad , y en consecuencia el papa y sus sobrinos se plantearon la caída de Lorenzo y su familia empleando como brazo armado la familia Pazzi. La idea del papa era aprovechar la coyuntura para dar un golpe de estado contra la república de Florencia y ponerla bajo el control del cardenal Rafael Riario, su sobrino del alma. El complot falló. De los dos hermanos sólo cayó uno y el que quedó se llamaba Lorenzo el Magnífico.

Desgraciadamente los príncipes italianos acabaron por abrir los ojos, le vieron los cuernos al demonio que se sentaba en la Silla de San Pedro y firmaron las paces. Sixto IV estuvo a punto de excomulgarlos a todos por herejes y no creer que la Voluntad del papa es el Verbo de Dios. A su tiempo sin embargo, cuando los tiempos estuviesen maduros, la doctrina de la igualdad entre el Verbo de Dios y la Palabra Infalible de los papas, se haría. Y así, por igualdad matemática, el papa sería Dios entre nosotros.

No todo iba a ser negativo en aquel demonio de papa. El hombre contrató a Miguel Ángel para que le decorara la Choza Sixtina y embelleció la Ciudad Eterna donde mora Dios Infalible en la Tierra con otros monumentos épicos por los que pedimos la absolución para sus crímenes.

1474. Muerto Enrique IV de Castilla en diciembre de 1474, Isabel declaró tierra de su conquista las islas de África y Guinea, en agosto de 1475. Al esgrimir la debilidad de Enrique IV, como causa de que el rey de Portugal, se hubiese apoderado del predio, hizo confeccionar albalá, que lo probase. Se conserva entre los papeles de Esteban Pérez Cabitos, en forma de copia autorizada de carta original, "escripta en pergamino de cuero", supuestamente sacada por Herrera, a 6 de marzo de 1470, en oficio de notario jerezano, eclesiástico por más señas. Olvidando pasado inmediato, el falsario la fechó en Plasencia, a 6 de abril de 1468, cuando el rey estaba privado de autoridad, como prisionero su hermano, Alfonso XII. Declara que sometido a la "subjestión e gran ynortunidad", de los condes portugueses de Tuguia y Villarreal, cometió la injusticia de darles las islas de Tamarán (Gran Canaria), Chinet (Tenerife) y Benahuare  ( La Palma ), "en las mis mares de España", despojando a Diego de Herrera, al que trata de "noble caballero", sin haber merecido siquiera el "don". Las devolvió con todas las Canarias e islas adyacentes, como a "verdadero señor" de la "Mar Menor, en las partes de Bebería". Complicando la cuestión, el rey metió en danza al Papa, pidiendo el rey que "revoque e anule qualesquier letras e bullas, que en contrario de esta revocación sean", sin caer en que no tocaba pito en el entierro. (L. Al. Toledo)

 

1474. Castillo de La Luz en Winiwuada n Tamaránt (Las Palmas de Gran Canaria) fue edificado con muros de sillería. Actualmente se utiliza como sala de exposiciones, gestionado por el Ayuntamiento capitalino. Debemos señalar que su entorno ha mejorado considerablemente en los últimos años, debido a la preocupación de los políticos y autoridades criollas de servicio por conservar el Patrimonio Histórico Cultural Colonial.


1470. Montaña Quemada en la isla canaria de Benahuare Se considera la última erupción volcánica precolonial de nuestras islas, ya que tiene más de 500 años de antigüedad. Durante años se pensó que las narradas en las crónicas de Torriani correspondían a esta erupción, pero la teoría ha sido refutada por dataciones posteriores. Sus coladas forman una llamativa media luna, que se distingue mejor desde la cumbre del pico Birigoyo o desde la pista forestal que recorre el borde de la Cumbre Nueva. Su cono, en el borde de la carretera de acceso al Refugio del Pilar, ha sido colonizado por la vegetación autóctona.

 

1475. Después de dos días de movimiento popular contra la tiranía de los colonos esclavista y asesinos Diego García de Herrera e Inés Peraza, liderado por el joven Juan Mayor, el lunes 20 de agosto, se reúnen gran número de vecinos ante escribano, y dan extenso poderes a Juan Mayor y Juan de Armas (canarios) para que, pasando a la Corte , expusieran las quejas de los vecinos contra el señorío de Diego de Herrera, un tirano sin fe ni ley, despótico, vengativo, concusionario y, expoliador ávido de rapiña y posible hijo putativo. Con el poder redactaron un amplio dossier en el que exponían los agravios y ofensas sin cuento que los vecinos de Titoreygatra (Lanzarote) venían recibiendo por parte del despótico Diego de Herrera, al tiempo que por conveniencia se declaraban fieles y respetuosos súbditos de la monarquía. Los mensajeros, fueron despachados, y con facultad para negociar hasta la suma de 15.000 maravedises, para los gastos de litigio garantizados por los principales sublevados.

 
Los emisarios llegaron a Castilla, pero enterado previamente de su llegada, Pedro García de Herrera, primogénito de Diego de Herrera, los izo seguir por cuatro forajidos de su confianza los cuales una jornada antes de llegar a Córdoba, los asaltaron, robándoles los documentos y secuestrándolos los mantuvieron encerrados hasta que la reina enterada del asunto ordenó ponerles en libertad. Mientras tanto, en Titoreygatra (Lanzarote) Diego de Herrera y su mujer continuaban atrincherados en su casa fuerte auxiliados por unos cuantos vasallos que les permanecían fieles. Casualmente en diciembre de 1476, aportó una carabela portuguesa y los vecinos que continuaban formados en consejo, decidieron embargarla fundándose en la guerra que mantenía la corona de Portugal con la de Castilla. Herrera creyó oportuno aprovechar la ocasión para vengarse de sus enemigos y tratar de recuperar parte de su poder y envió secretamente a su hijo Fernán Peraza a negociar con el capitán de carabela la ayuda de éste y la de los marineros, a cambio de una buena recompensa si conseguían con la tripulación y los pocos soldados que le habían permanecido fieles, detener a los principales vecinos sublevados.

 
Después de conseguir liberar a la tripulación portuguesa, estas en unión de las tropas de Herrera consiguen tomar por asalto La Villa de Teguise, eligiendo a doce vecinos de los más significados, y sin ningún tipo de juicio inmediatamente hace ahorcar a seis de ellos, confiscando los bienes de todos los detenidos con los cuales pagó a los lusitanos.

 

Los restantes seis vecinos que esperaban su turno en los calabozos para correr la misma suerte, pudieron escapar de la prisión embarcándose en una nao castellana que afortunadamente se encontraba en la rada, éstos vecino eran Pedro y Juan de Aday, Juan Ramos, Francisco García y Bartolomé Heneto. La reina enterada de los excesos del sanguinario Herrera, expidió una carta de seguro a favor de los perseguidos isleños.

 

Herrera y su mujer fueron llamados a la Corte , y mientras se dilucidaba el derecho de Inés Peraza al señorío de las islas ya conquistadas, le concedió Real facultad para crear mayorazgo en las personas de sus hijos sobre los bienes y vasallos que poseía en las islas Canarias. Pero como entre truhanes anda el juego, la reina aprovecha la ocasión para hacerse con los supuestos derechos de conquista sobre las islas de Chinet (Tenerife,) Benahuare ( La Palma ) y Tamaránt (Gran Canaria), a cambio de pasar por alto los desmanes de Herrera y su mujer, cinco cuentos de maravedises y el título de Conde de La Gomera , capitulaciones que fueron firmadas en Sevilla, ante el escribano Bartolomé Sánchez de Porras, el 15 de octubre de 1477 Una ves más, los intereses de los poderosos predominan sobre la justicia y libertad de los pueblos.

 

En cuanto a los sobrevivientes a las iras de Herrera, debieron tener algún tipo de protección por parte de la Corona Castellana , pues posteriormente vemos a algunos de ellos tomando parte activa en la conquista de las islas de Tamaránt (Gran Canaria), Benahuare ( La Palma ) y Chinet (Tenerife), e incluso los Aday recibieron datas en El Valle de Güímar, y en Heneto en la isla de Chinet.

 

1476. En verdad, nada parece haber alterado el señorío de la Peraza , antes de mayo de 1476. Cerradas las islas a los portugueses y a cuantos se encaminasen a la Guinea , sin licencia de los nefastos reyes católicos, Diego de Herrera habría de levantar hueste, para conquistar las islas inmediatas, en poder de Alfonso V. El requerido se limitó a desembarcar en Bohío, rada de Marruecos, alargándose a Galdar donde levantó torre, que llamó de Santa Cruz, dejando por alcaide a un Alonso de Cabrera. Pasivo y enriqueño en otro tiempo, el señor de las Canarias debió hacerse sospechoso de simpatizar con Juana, pues a 27 de mayo, la reina concedió a Enrique de Guzmán, las Islas de Antonio o Cabo Verde. En "poder de nuestro adversario de Portugal", tras conquistarlas, podría conservarlas en señorío, con carácter de estado semi soberano. (L. Al. Toledo) 

1476. Habitantes de la isla Titoreygatra, (Lanzarote) tanto los colonos como criollos y naturales se revela contra los tiránicos esclavistas Diego de Herrera y Doña Inés por sus continuos reclutamientos de isleños para hacer las razias en el continente a la captura de esclavos y rapiñas, amparados bajo el silogismo de guerra a  infieles y su gestión abusiva. Tal fue la rebelión, que corrían todos los vecinos por las calles de la Villa gritando que eran vasallos de los Reyes Católicos y que solo por ellos querían ser mandados y juzgados.

 

La tristemente célebre en la colonia doña Inés Peraza en venganza llenó toda la isla de tributación y de sangre. Mandó prender a 12 vecinos de los más significados en el alzamiento y les embargó los bienes, papeles, títulos y escrituras. No paró aquí el castigo, la mitad de los 12 vecinos fueron arrestados y ahorcados, y la otra mitad hubiera corrido la misma suerte si no llegar a huir a Sevilla (Pedro y Juan de Aday, Juan Ramón, Francisco García, Bartholome Heneto y Juan Bernal) los cuales fueron atacados por los Portugueses y desposeídos de escrituras y cartas de derechos, que posteriormente pasaron a manos de Vizcaínos que acabaron con los Portugueses.

 

1476. Prohibido a los colonos europeos establecidos en canarias asomar por Guinea y privados de visitantes, que daban oro a cambio de matalotaje, el descontento cristalizó en desobediencia civil. Llegada la hora de pagar las rentas, se negaron a soltar un chavo, alegando que el matrimonio Herrera  Peraza, usurpó la isla a la corona. Por no desaprovechar la oportunidad de debilitar a las partes, los nefastos Reyes Católicos nombraron juez pesquisidor a Esteban Pérez Cabitos, en noviembre de 1476. Haría "pesquisa e inquisición" en Titoreygatra (Lanzarote), averiguando si "Ferrera" ocupó la isla, "que es de nuestra corona real y pertenece a nos". Repartido el salario del juez por mitad, entre demandantes y demandado, se permitió a Herrera meter en cintura a sus vasallos, a la espera de sentencia El matrimonio respondió probando su derecho, con demanda de amparo adjunta: "se temen e recelan que algunas personas", queriendo hacerles "daño", incitasen al pueblo a desobediencia. Al no estar la situación para alegrías, los Católicos reconocieron que habiendo tenido los Herrera - Peraza las Canarias, "de veinte años a esta parte y más tiempo", por "justos y derechos títulos de dominio y señorío", al no ser Lanzarote excepción, los vecinos estaban obligados a pagar y obedecer, "fasta que primeramente sean sobre ello llamados a juicio, oídos y vencidos por derecho". (L. Al. Toledo) 

1476. Los invasores europeos  constituyen jurídicamente según las leyes castellanas el Señorío Territorial de Erbania (Fuerteventura), por el cual, los nefastos Reyes Católicos reconocen al colono su dominio sobre la Isla. La Villa de Betancuria, donde se asientan los colonos invasores, se convierte en el eje que ostenta el poder administrativo por medio de un Cabildo (a modo de Ayuntamiento único), sometido a los Señores como propietarios de la Isla.

1476. Mayo 28. Burgos (f. 363). Carta al Almirante mayor, a los concejos y vecinos del arzobispado de Sevilla y obispado de Cádiz, y a los capitanes de cualquier tipo de embarcación, a petición de Diego de “Berrera”, (Herrera) “señor” de las islas Canarias, para que consientan que éste saque pan y otros mantenimientos para la gente de guerra, a pesar de las medidas existentes contra dichas sacas. Merced destinada al sostenimiento de las islas ya sometidas y a la conquista de las que no lo están, y bajo la condición de emplear dichos mantenimientos para el citado fin y no venderlos a los enemigos de la fe o a portugueses. El Rey y la Reina. Avila. Registrada: Diego Sánchez. (E.Aznar Vallejo. 1981)

 

1476 Mayo 28. Burgos (f. 364). Carta a los concejos y vecinos de las islas Canarias para que se unan a Diego de Berrera, (Herrera) señor de las islas, en la empresa contra los portugueses, impidiéndoles entrar y comerciar y atacándoles, ya que el Reino está en guerra con Portugal. Diego de Berrera recibe poder cumplido para todas sus actuaciones, incluso para la expulsión de los sospechosos de colaborar con el enemigo. El Rey y la Reina. A vila. Reg. Diego Sánchez. (E.Aznar Vallejo. 1981)

 

1476 Noviembre 16. Toro (f. 745). Carta a las justicias del Reino, a petición de Diego de Berrera, (Herrera) veinticuatro de Sevilla, y de su mujer doña Inés Peraza, para que amparen a éstos en la posesión del señorío de Lanzarote, con jurisdicción alta y baja, civil y criminal, y con poder para recaudar las rentas y pechos de dicha isla y para tener por vasallos a los vecinos y moradores de la misma. El Rey y la Reina. Respaldada : Rodericus. Reg: Diego Sánchez. (E.Aznar Vallejo. 1981)

 

1476 Noviembre 16. Toro (f. 746). Comisión a Esteban Pérez, vecino de Sevilla, a petición del concejo y vecinos de Lanzarote, que defienden la pertenencia de dicha isla al rey, para que averigüe quiénes conquistaron dicha isla y en nombre de quién lo hicieron, quiénes han sido sus poseedores, a quiénes pertenece por derecho y con qué título Diego de Herrera ha ejercido su señorío. Se le ordena recibir testimonio de cuantas personas puedan informarle, incluidos Diego de Herrera y su mujer, debiendo enviar dichos testimonios, junto a las demás pruebas, firmadas por él y por el escribano ante quien pasaren, en un plazo inferior a tres meses, y se le conceden cien maravedis diarios de salario, que le han de pagar Diego de Herrera y el concejo de la isla a partes iguales. El Rey y la Reina. Camañas. Reg: Diego Sánchez. (E.Aznar Vallejo. 1981)

 

1476 Noviembre 25. Toro (t 747). Carta a las justicias del Reino, a petición de Diego de Herrera, veinticuatro de Sevilla, y de su mujer doña Inés Peraza, para que amparen a éstos en la posesión del señorío de Lanzarote, del que disfrutan pacíficamente desde hace más de veinte años, con jurisdicción alta y baja, civil y criminal, y con poder para recaudar las rentas y pechos de dicha isla y para tener por vasallos a los vecinos y moradores de la misma. El Rey y la Reina. Camañas. Reg: Diego Sánchez. (E.Aznar Vallejo. 1981)

 

1477. Fernán Peraza, hijo de los invasores Diego García de Herrera e Inés Peraza (y nieto de Fernán Peraza, muerto en 1.452) se dedica a fortificar la costa del continente frontera a las islas, en la cual funda (cerca del cabo Nam) Santa Cruz de Mar Pequeña para asegurar las cabalgadas desde las islas; y se dedica a la esclavización de guanches de la Gomera , de los cuales captura cien con ayuda de dos carabelas de Palos y de Moguer, y los vende en Andalucía como esclavos.

 

1477. Juan de Frías es nombrado obispo de Rubicón por el Papa franciscano Sixto IV.

 

1477. El colono Juan de Frías, obispo de Rubicón, va a la corte castellana a denunciar la esclavización y venta que hace o permite hacer contra toda ley Diego García de Herrera, contra guanches ya cristianizados bautizados o catecúmenos. Este en un conflicto que siempre mantuvieron los invasores europeos por una cuestión de intereses, la iglesia católica obligaba a los guanches bautizados a pagar el diezmo, como garantía de una supuesta defensa de la iglesia católica ante los desmanes de los mercenarios seglares.  Por otra parte, está ampliamente documentada la participación de los clérigos católicos en la venta de guanches como esclavos.

 

 1477. Isabel y Fernando, reyes de Castilla y Aragón, por Real Cédula, de Sevilla, a 20 de septiembre de 1477, secundando las bulas Regimini gregis de 1434, Bonus pastor de 1462 y Regimini gregis de 1476, recogen a los indígenas traídos de la Gomera a Andalucía como esclavos y vendidos como tales, para enjuiciar el caso.

 

1477. Isabel y Fernando, reyes de Castilla y Aragón, por Real Cédula, de Sevilla, a 28 de septiembre de 1477, reiteran lo mandado por  la Real Cédula anterior.

 

1477. Fernán Peraza, hijo de Diego García de Herrera e Inés Peraza, alega ante el rey de Aragón Fernando en propia defensa que, cuando vivía el infante don Enrique el Navegante, de Portugal, éste había hecho tres «pactos de paces» con los indígenas de Gomera para “catequizarlos” (debe de referirse a los años 1453-1456) y los guanches habían aceptado la soberanía de Portugal; y, por ello, tenía derecho a esclavizarlos. (Esta razón tiene síntoma de ser una argucia de Fernán Peraza, alzada sobre la argucia previa del infante don Enrique el Navegante).

 

1477. Libre el señor de pignorar vasallos, tratantes de esclavos de Palos y Moguer formaron flota, en 1477, de carabelas y una carraca nueva, yendo a la isla de Titoreygatra (Lanzarote), en busca de esclavos. Complaciente con la clientela, Fernán de Peraza capturó vasallos, sirviendo el pedido. Cobrados y embarcados, fueron vendidos en Andalucía, quedando el stock "cativos en ferros, como si fuesen moros", según costumbre. Inopinadamente excitado por el poder político, a 28 de septiembre de 1477, el Obispo de Rubicon, so pretexto de que los naturales de las Yslas de Canaria, reducidos a esclavitud, "asy con el favor del señor de las dichas islas, como de otras personas", eran cristianos o estaban en vías de serlo, cumpliendo "todos los mandamientos de la madre santa iglesia.., como verdaderos cristianos", recibiendo "los sacramentos e le avían pagado e pagaban sus diezmos", primera obligación del creyente, ordenó a los justicias en general y a los de Palos y Moguer, en particular, el secuestro de las "piezas", para ponerlas en manos de "buenas personas", a la espera de pasaje, que les reintegrase a sus islas, en especial a los gomeros. Sin temor a incurrir en contradicción, por no haber quien pudiese contestarle, el Católico, estante en Jerez, exigió a 12 de noviembre el quinto, en metálico o gomeros, amenazando al mercader moroso con embargo y subasta de bienes, sin más consuelo que el de poder demandar a Fernán, para que restituyese lo cobrado. Sagrados los ingresos de la corona, se llegó al extremo de que Juan Guerra y Juan Alfonso, habiendo pagado puntualmente, al regreso de Tamaránt (Canaria) innominada, "otras partes qualesquier" y la Gomera , con carga de oro y esclavos, se vieron entre rejas, porque funcionario venal, ingresó el quinto en su bolsillo.

 

Estando en la real gracia, los señores de islas ya colonizadas pidieron licencia, para crear mayorazgo. Vinculando bienes habidos y por haber, nombraron las siete islas, sin excluir las mayores. Que fuese aprobado por la corona, incide en el supuesto de que los topónimos comprendían diferentes territorios, sin afectar las conquistas de los reyes, a la propiedad de Inés. Acusando al primogénito, Pedro García de Herrera, de haber intentado alzarse con las Canarias, estableciendo "monipodio con los vasallos, e buscando formas como prendiesen al dicho su padre e deseándonos matar e buscando fuerças para ello", sus progenitores le declararon "indigno... de aver el tal mayorazgo, por muchas cabsas de yngratitud que ha cometydo, contra Dios que le fizo e contra mí que soy su madre e aun cometió contra su padre...". Desheredado, nombraron sucesor al segundón, Fernán, que recibió La Gomera Hierro , a título de adelanto. (L. Al. Toledo)

 

1477. Se resolvió por parte de las coronas castellano-aragonesa sobre el Señorío de las islas ya invadidas y colonizadas, orientales de tal manera que el esclavista Diego de Herrera y su esposa recibieron cinco cuencos de maravedis, el Título de Condes de la Gomera y fueron despojados de los supuestos derechos de invasión y conquista sobre Chinet (Tenerife), Tamaránt (Canaria) y Benahuare ( La Palma ).

1477. Aumenta la presión depredatoria por parte del “señor” feudal sobre los habitantes de la isla de La Gomera. Esto provoca el malestar de los naturales y colonos habitantes de la isla, llegando a sublevarse, al menos los del cantón de Mulagua, llegando a la isla Hernán Peraza “el Joven”, hijo de los “Señores” feudales en ese momento de la isla. Durante este año y los dos siguientes el criollo Hernán Peraza “el Joven” vendió como esclavos a multitud de gomeros.

1477 Febrero 19. Toledo (f. 284). Orden a los concejos y vecinos de Andalucía, para que permitan a Pedro de La Algaba sacar bizcocho y otros mantenimientos, necesarios para la armada que debe aparejar en las costas de dicho reino con destino a la conquista de Canaria. El Rey y la Reina. Saso. Reg: Diego Sánchez. (E.Aznar Vallejo. 1981)

 

1477 Octubre 15. Las reyes castellano-Aragonés, Isabel y Fernando, en Sevilla, pactan con los invasores Diego García de Herrera y su esposa Inés Peraza el supuesto derecho real de conquista de las tres islas canarias mayores todavía sin conquistar: Tamarant (Gran Canaria), Chinet (Tenerife) y Benahuare ( La Palma ); así como la compra de las otras dos mayores: Titoreygatra (Lanzarote) y Erbania (Fuerteventura), por una indemnización.

 

Con el cierre de este pacto, las cinco Islas Canarias mayores quedan incorporadas de modo inmediato {sin señorío privado intermedio) a Castilla; o sea, pasan a ser «realengo» castellano. El traficante de esclavos Diego García de Herrera queda hecho conde de Gomera y Hierro. Su hijo Guillén Peraza heredará en mayorazgo, en 1516, tal condado; y el Padre Las Casas fue probablemente quien le llevó el título; al menos, fue el primero que le dio nuevas del título expedido y le llamó «señoría» en la Gomera -de paso para La Española- el 21 de noviembre de 1516 (Hist., I, 19; BAE, XCV, 75a). “El diferente proceso de invasión y conquista de las Islas Canarias y la división políto-administrativa de las mismas por parte de los invasores en dos grupos: las denominadas como Islas de Señorío Feudal Titoreygatra (Lanzarote), Erbania (Fuerteventura), Gomera y Esero (Hierro) e Islas llamadas de Realengo Tamaránt (Gran Canaria), Benahuare ( La Palma ) y Chinet (Tenerife), tiene su repercusión en la propiedad usurpada por los invasores del territorio insular.

 

En las primeras es el señor feudal quien se autoadjudica la  propiedad de la tierra y a él corresponde su reparto; en las de realengo es la Corona de la metrópoli la que se arroga la propiedad de las tierras usurpadas a la población autóctona y también se autoadjudica el reparto de las mismas entre los mercenarios invasores y los colono.

 

En las islas de señorío feudal el proceso de reparto y puesta en cultivo intensivo de la tierra tiene algunas semejanzas con el que con posterioridad se pondrá en práctica en las islas de denominadas de realengo. Datas, mercedes y rozas, no sólo tras la invasión y conquista sino en siglos posteriores, son los mecanismos utilizados por el colono invasor  para la transmisión del dominio útil a cambio de un canon o censo perpetuo ya sea en dinero o en especie. La propiedad de los montes, donde los hay, y de las tierras baldías pertenece al señor y es a él a quien corresponde regular su aprovechamiento. El incremento demográfico debido a los flujos migratorios más que al proceso biológico y la escasez de tierra lleva a los colonos vecinos de estas islas a solicitar de los señores feudales territoriales la ampliación de las áreas de cultivo. Estas reclamaciones no siempre son atendidas y con ello las tensiones sociales entre los colonos no hacen más que crecer hasta que determinadas circunstancias coyunturales propicien el estallido violento. A los cabildos, única institución municipal colonial de gobierno en cada isla, también se les asignan unos escasos bienes, los Propios.

 

En conclusión, la tierra por merced o data del señor feudal, entra en el circuito comercial y será objeto de transacciones, compraventas, permutas y divisiones hereditarias. Esta propiedad libre, aunque no exenta de gravámenes, con sus procesos de concentración y fragmentación, se incrementa al mismo tiempo que desciende el patrimonio territorial del señor feudal, pero también se ve sometida aun proceso de reducción como consecuencia de la retirada de tierra del mercado debida al fenómeno de la vinculación y de la amortización eclesiástica.” (Vicente J. Suárez Grimón; 1991)

 

1477. Isabel y Fernando, de Castilla y Aragón, por Real Cédula, de Sevilla, a 24 de noviembre de 1477, se reservan para sí la disposición de los fondos recaudados para la evangelización y conversión de Guinea y Canarias por el nuncio Fray Alfonso de Bolaños con la predicación de la bula Regimini gregis de 1476; y ello lo deciden aunque el nuncio Bolaños mande otra cosa.

 

Es evidente {visto a través de los sucesos y documentos que seguirán) que los Reyes Católicos intentan desviar los fondos destinados por la bula a la “evangelización” y conversión hacia la conquista de las islas todavía no conquistadas. ¿Se opuso a ello Fray Bolaños? Parece que sí.

 

1477 Marzo. Madrid (f. 378). Carta a Diego de Herrera y Fernando Peraza, recordándoles la reserva real sobre la conquista de África y Guinea y la prohibición de ir a Guinea para hacer guerra, rescatar o comerciar, bajo pena de confiscación del navío y sus mercancías, y ordenándoles que entreguen a Gonzalo de Coronado, regidor de Écija y receptor de Guinea, la carabela portuguesa, con sus armas y mercancías, que los vecinos de Lanzarote capturaron a causa de la guerra con Portugal y que ellos les arrebataron, ordenándoles, así mismo, que no hagan mal ni daño a los vecinos. El Rey y la Reina. Ávila. Reg: Diego Sánchez. (E.Aznar Vallejo. 1981)

 

 1477 Marzo 9. Madrid (f.378, 2°). Carta al concejo y vecinos de Lanzarote, recordándoles la reserva real sobre la conquista de África y Guinea y la prohibición de ir a Guinea para hacer guerra, rescatar o comerciar, bajo pena de confiscación del navío y sus mercancías, y ordenándoles que entreguen a Gonzalo de Coronado, regidor de Écija y receptor de Guinea, el quinto del valor de la carabela portuguesa apresada, así como el de las armas, ropas y mercancías que llevaba, en recompensa de los buenos servicios prestados por los vecinos en la captura de dicha carabela, conforme a las normas dictadas por el rey en la guerra con Portugal. El Rey y la Reina. Reg : Diego Sánchez. (E.Aznar Vallejo. 1981)

 

1477 Septiembre 20. Sevilla (f. 587). Orden a Pedro Osorio, alcaide de la fortaleza de Palos, para que tenga en secuestro a los canarios que se lleven a vender a dicha villa, ya que son cristianos o están en camino de convertirse. Se le concede poder cumplido para realizar esta misión y se ordena al concejo y vecinos de la villa que le presten todo favor y ayuda. El Rey y la Reina. Ariño. Reg: Diego Sánchez. (E.Aznar Vallejo. 1981)

 

1477 Septiembre 28. Sevilla (f. 521 ). Orden a las justicias de las villas de Palos, Moguer, Huelva, Gibraleón, Lepe y demás lugares de la costa de la mar, para que secuestren y pongan en poder de personas llanas y abonadas a los canarios vendidos en dichas villas, ya que algunos son cristianos y otros están en camino de convertirse, la que no harán si se producen cautiverios. El Rey y la Reina. Ariño. Reg: Diego Sánchez. (E.Aznar Vallejo. 1981)

 

1477 Octubre 3. Sevilla (f. 53). Confirmación de los privilegios que tenían el obispo de Rubicón y de las islas de Canaria, y las iglesias y personas de su obispado, conforme a los otorgados por los anteriores monarcas a todas las iglesias, prelados y personas eclesiásticas de sus reinos y señoríos. El Rey y la Reina. Santander. Respaldada: Rodericus. Antonius. Reg: Diego Sánchez. (E.Aznar Vallejo. 1981)

 

1477 Octubre 18. Jerez de la Frontera (f.109). Incitativa a los doctores Andrés de Villalón y Nuño Ramiréz de Zamora, oidores de la Audiencia y miembros del Consejo Real, para que determinen en la demanda del obispo de Rubicón y de las islas de Canaria contra Fernán Peraza, hijo de Diego de Herrera, señor de La Gomera y otras islas de Canaria, por haber cautivado a ciertos canarios cristianos, pretextando que iba a armar una carraca y haciendo entrar en la Gomera carabelas de Palos y Moguer, que llevaron a los vecinos de la isla a dichas villas. Episcopus Pacensis, Prior de Ucles. Juanes. Antonius. Petrus licenciatus. Ruiz del Castillo. Reg: Diego Sánchez. (E.Aznar Vallejo. 1981)

 

1477 Noviembre 18. Sevilla (f.324). Comisión a Gómez de Nebro, contador del sueldo, para que tome a Juan de la Guerra y Juan Alfonso Izquierdo las cuentas de las presas de oro y esclavos que hicieron en las islas de Canaria y de La Gomera y en otras partes, y. que condujeron a las villas de Palos y de Moguer, sin haber pagado el quinto real, otorgándole poder cumplido para encarcelar a Juan de la Guerra y Juan Alfonso Izquierdo mientras duren las pesquisas, cobrar el quinto de éstas y otras presas, y dar cartas de pago y finiquito de lo que cobre. El Rey. González. Reg: Diego Sánchez. (E.Aznar Vallejo. 1981)

 

1477 Noviembre 24. Sevilla (f. 354). Carta a Pedro de Setién, mercader, vecino de Burgos, tesorero general de la limosna de la indulgencia para la conversión y redención de las islas de Guinea y Canaria, para que reciba y cobre todos los maravedis de tal limosna y no haga ningún gasto sin antes ponerlo en conocimiento del rey, aunque para ello tenga orden de fray Alonso de Bolaños, nuncio y comisario de tal indulgencia, o de fray Juan de Bobadilla, su delegado; los gastos hechos sin tal requisito no serán válidos y tendrán que ser reembolsados por Pedro de Setién. Se ordena a Francisco González de Berrera, escribano de cámara, que notifique esta carta y dé fe de haberlo hecho. El Rey y la Reina. Ariño. Reg: Diego Sánchez. (E.Aznar Vallejo. 1981)

 

1477 Noviembre 24. Sevilla (f. 355). Carta, a petición de Pedro de Setién, mercader vecino de Burgos, tesorero mayor de las indulgencias para la conversión de las islas de Canaria, para que, se permita la predicación de las bulas de Sixto IV, ratificando otras de sus predecesores, para la conversión de los infieles de las islas de Canarias y otras islas del Mar Océano, y la recaudación de las limosnas de tales indulgencias, ya que esto se hace con consentimiento real, y para que todas las limosnas sean recibidas por el dicho Pedro de Setién. El Rey y la Reina. A riño. Reg: Diego Sánchez. (E.Aznar Vallejo. 1981)

 

1478. Ante el cariz que tomaba el establecimiento de los invasores europeos y dada la imposibilidad de expulsarlos de la isla, los canarios desarrollaron una nueva estrategia adaptativa. Después de un infructuoso acuerdo con los portugueses afines de 1478, abandonan los asentamientos del litoral y se repliegan a poblados más resguardados de las incursiones castellanas, contando con recursos alimentarios almacenados en los Cenobios (graneros-fortaleza) de diferentes puntos de la isla para el desarrollo redistributivo. A tenor de la centralización de su sistema político, inician un proceso de pactos y treguas con los invasores acercándose ocasionalmente al Real.

 

 

1478. Los nefastos Reyes Católicos siguiendo sus planes de expansión en África planean la conquista de los bandos o reinos de Tamarán (Gran Canaria) que no han querido hacer pactos de paces ni convertirse al catolicismo. No se trata de una guerra de conquista apoyada en indulgencias y privilegios de cruzada contra infieles enemigos del catolicismo que hayan hecho mal a los reinos cristianos; se trata de una guerra de conquista apoyada subrepticiamente en indulgencias de “evangelización”, guerra proyectada contra infieles reacios a la misma “evangelización” que se les ha ofrecido y para que, sometidos por la fuerza de las armas, estén en condiciones óptimas -así se entiende- para aceptarla y convertirse. Lo aprueban el cardenal legado Rodrigo de Borja, Fray Juan de Zamora, (O.F.M.), comisario de Canarias, y Fray Andrés de Zumis, también de la secta católica de los franciscanos (O.F.M)., nuncio de Guinea. S e abre así la veda a la caza y esclavización de los guanches por parte de las coronas de Castilla y de Aragón y de la iglesia católica.

1478. La ocupación parcial de una zona continental por parte de los invasores europeos fue casi contemporánea de la conquista de las grandes islas Canarias, Tamaránt (Gran Canaria) Benahuare ( La Palma ) y Chinet (Tenerife). Tanto portugueses como españoles lograron asegurarse bases comerciales y militares desde Orán a la Mina. Santa Cruz de Mar pequeña había sido fundada para servir de protección a las actividades de saqueo y supuestamente comerciales.

La modalidad de comercio pacífico daba a menudo malos resultados económicos. La posibilidad de caer prisionero era considerable. La actitud depredatoria de los castellanos aumentaba las desconfianzas de los imazighen y el establecimiento de relaciones normales se hacía cada vez más difícil.

El contacto con la ruta comercial de las caravanas sería el más poderoso incentivo comercial para los pueblos europeos, en particular portugueses y castellanos, pues ellos conducían a los puertos del Atlántico el codiciado oro en polvo de Tivar, o sea de los mercados de la curva del Niger, Tombuctú y Gao principalmente, así como otros valiosos productos africanos: esclavos sudaneses, malagueta, marfil, plumas de avestruz, etcétera, personas y artículos que se podían adquirir con poco costo y consiguiente gran provecho, a cambio de tejidos burdos, plata, granos, etcétera.

1478. Se produce un acontecimiento fortuito en el cual se descubre en Sevilla a un grupo de cristianos nuevos que hacían ceremonias extrañas a la religión cristiana. Esto convence a la reina, quien ordena a los embajadores de España en Roma que pidan al papa la creación de una Inquisición en para Castilla y Aragón. El papa Sixto IV expide una bula en noviembre de 1478 que autoriza a los reyes de España a nombrar inquisidores y removerlos a perpetuidad. Empezó sus actuaciones en 1480. Los Reyes Católicos querían un tribunal que recibiese las órdenes de la Corona , aunque por su carácter religioso estuviera nominalmente bajo la autoridad de la Santa Sede. El “Santo Oficio” de la Inquisición actuaría contra los que, siendo o no cristianos, atentaran contra la fe o se apartaran de ella «heretizando».

 

Una de las primeras actuaciones en la colonia fue la del obispo de la secta católica D. Diego de Muros en 1499. Muros se refería expresamente, en su proclama, al judaísmo, y sin duda ésta es la razón del establecimiento de la Inquisición. (Luís Alberto Anaya Hernández y Francisco Fajardo Spinola; 1991)

1478. Diego de Herrera una vez que obtuvo el título de señor de las partes de Berbería mandó construir en 1478 una torre en el lugar que consideró más idóneo: la bahía de Puerto Cansado, magnífica ensenada situada a unos 45 kilómetros al NE de Cabo Juby, protegida del fuerte mar por una barra de arena y con escasa profundidad en marea baja, que dificultaba las operaciones de las embarcaciones de gran porte. Esto le confería a la torre un gran valor estratégico que se vería corroborado más tarde durante los asaltos y asedios que sufrió a lo largo de su existencia. A través de esta fortificación se llevó a cabo un considerable tráfico de esclavos y comercial con las tribus continentales de la región, del que, por supuesto, siempre salían beneficiados los cristianos: oro y esclavos a cambio de plata y pan. Sin embargo, hay que señalar que la empresa a la postre no resultaría todo lo rentable que se deseaba. A nuestro entender, el principal fallo consistió en extrapolar las torres-fortalezas que tan buen resultado habían dado en la conquista de Canarias: Rubicón, del Conde, Gando, Añazu, etcétera, a una región continental con unas características totalmente diferentes a las insulares. Posiblemente envalentonados con los éxitos de las rápidas cabalgadas esclavistas, no calcularon bien las fuerzas de los pueblos saqueados. Lo cierto es que tras unos años de costoso mantenimiento hubo que abandonar la empresa, dejando atrás un amplio rastro de sangre, sudor y lágrimas en el que, como era lógico, se llevaron la peor parte los guanches, los cuales eran forzados y llevados allí como carne de cañón, con el pretexto de que se desenvolvían bien en aquellos terrenos, eran buenos guerreros y además lograban entenderse al hablar con sus hermanos imazighen. Sus protestas no fueron escuchadas y murieron más de la mitad de los que allá fueron. "También relevantes jefes canarios y tinerfeños cayeron en aquellas costas. Maninidra, el guapo Maninidra, como le llamaban, quedó exánime en el combate. "Por cuanto Pedro Maninidra murió por los moros en defensa de la Santa Fe Católica..." decía el adelantado en una data a sus hijos. "Otro noble guanche, Pedro de Adeje, llamado de Llerena al recibir el bautismo, también murió en esa acción: fue hermano o primo del mencey de Adeje, y su mujer, María de Lugo, se avecindó en Buenavista".

* Guayre Adarguma Anez’ Ram n Yghasen*

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